Publicado el: 04-09-2024
FAGRAN CORGRAN
1. La matriculación y regulación del ejercicio profesional corresponde a las provincias. Por lo tanto, cada matrícula profesional es emitida por el el Ministerio de Salud de Río Negro con la colegiación previa, como tramite obligatorio.
2. Será el Ministerio de Salud de la Provincia quien se encargará de la carga de los profesionales en el Sistema de Registros de Profesionales de la Salud (REFEPS).
3. La matriculación es obligatoria para ejercer la profesión de nutricionista o licenciado en nutrición, en todas las prácticas que se reciba una remuneración para ello. Por lo tanto, todos los profesionales deben contar con una matrícula vigente y registrada en el Ministerio de Salud de Río Negro.
Este comunicado tiene como fin clarificar las responsabilidades y obligaciones en relación a la matriculación profesional, asegurando el correcto ejercicio de la profesión en todo el territorio nacional.
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